No se descuida tampoco el régimen electoral, haciendo una rigurosa crítica a
los sistemas anteriores o leyes electorales y a las corruptelas políticas de
fraude y violencia. Para subsanar este estado de cosas, establece la formación
de un padrón electoral, al que llama «gran libro de la Nación», formado por el
Poder Ejecutivo Nacional, con intervención del Congreso y su debido
procedimiento de tachas, depuraciones, etc.; adelantándose en esto a los
incipientes intentos de régimen electoral anteriores, y siendo quizás el primer
antecedente de tipo de padrón electoral, consagrado 60 años después por la Ley
Sáenz Peña. Establece, además, el voto por escrito de cada ciudadano, el cual
debía ser publicado posteriormente por la prensa, así como el resto de los
documentos y actas comiciales.
En otros aspectos, relacionados con la
constitución de los poderes, establece que cada año la soberanía del pueblo
ratifica a las autoridades, prestándole su apoyo moral o censurando su gestión
o política, es decir, prestándole o no su voto de confianza.
La parte más interesante: "La descentralización"
Ahora bien: la parte de este proyecto que consideramos como la más interesante,
es la dedicada a los aspectos económico-sociales. Se debe destacar que nuestro
criollo autor no posee –según se aprecia– la formación jurídica-constitucional
de Alberdi, ni desarrolla el formidable y ambicioso programa que el sagaz
tucumano expone en sus Bases.
Pero en algo lo supera. Alberdi fija una vasta
política liberal, universalista, que bien podía aplicarse a cualquier país
sudamericano u otro en formación, y en su proyecto constitucional sigue los
lineamientos de la constitución norteamericana. "Es necesario –
dirá por entonces Alberdi – fomentar en nuestro suelo la población
anglosajona. Ella está identificada al vapor, al comercio y a la libertad. Y
más adelante agregará: «En América todo lo que no es europeo, es bárbaro».
Nuestro autor –contrariamente– soslayando el «deslumbramiento por lo
europeo» o las recetas constitucionales del Norte, estudia los problemas
económico-sociales de nuestro país y trata de darles dentro de la Constitución
una solución definitiva, encarando para ello los viejos pleitos que arrastraban
desde la Colonia.
Mariano Fragueiro en Cuestiones argentinas» y en
«Organización del crédito; José María Molina en Observaciones y Juan B. Muñoz
en su Plan de Organización Nacional (1852) sostienen criterios muy similares al
constitucionalista litoraleño.
Una copiosa bibliografía, que llega hasta
nuestros días, ha ratificado el pensamiento de éstos últimos. Zorraquín Becú,
al referirse al tema, expresa: «El liberalismo constituía el principio
inspirador de esas doctrinas, y al darle preeminencia al individuo sobre las
conveniencias comunes, se desvirtuó también el objetivo originario que era la
utilidad del país.
La máxima «gobernar es poblar» abrió la puerta del país sin
discernimientos ni criterios distributivos: se difundió la instrucción
descuidando la verdadera cultura y la educación, y el comercio se dejó librado
a las conveniencias particulares... El deseo de mantener un activo comercio de
importación, necesario al desarrollo portuario de Buenos Aires, ha obligado a
perseverar en la unilateralidad de una economía primordialmente agraria,
impuesta por las conveniencias extranjeras («El federalismo argentino»).
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