El 21 de noviembre de 1851 se firmó en Montevideo el tratado
de alianza entre el imperio del Brasil, Entre Ríos (con Corrientes como
agregada) y el Estado Oriental, para llevar la guerra contra la Confederación,
bajo la máscara de una cruzada contra el “dictador argentino”.
Conviene recordar las cláusulas de este tratado, cuya
mención suele omitirse por explicables escrúpulos.
Después de fundar su acuerdo en declaraciones y los
preparativos bélicos del gobernador de Buenos Aires, los firmantes declaraban
solemnemente no llevar la guerra a la Confederación sino a su gobierno y
convenían luego la forma de la colaboración. La iniciativa de la guerra se
atribuía a los estados de Entre Ríos y Corrientes, reservándose el Brasil y la
Banda Oriental el papel de “meros auxiliares”.
Además del aporte militar, ya
mencionado, el Brasil se comprometía a financiar la campaña, mediante la
entrega de cien mil patacones mensuales, al seis por ciento de interés, durante
el término de cuatro meses, más todo el material de guerra que le fuese
solicitado y que se consideraría como empréstito adicional. Urquiza debía hacer
reconocer esa deuda, en efectivo y armamentos, por el gobierno futuro de la
Confederación; mientras tanto, ella quedaba a cargo de Entre Ríos y Corrientes,
las cuales daban “desde ya” en hipoteca, como garantía de su pago, todas sus
rentas y territorios de propiedad fiscal.
Por el artículo VIII se establecía
que el Ejército Imperial permanecería (sin fijar término) ocupando la Banda
Oriental, para responder a cualquier requisición de Urquiza; pero se agregaba
expresamente que podría trasladarse al teatro de la guerra por su propia
decisión, aunque dicha requisición no se produjese: es decir, que se le dejaba
la puerta abierta. Por el artículo IV se ratificaba el compromiso de conceder
la libre navegación de los ríos y por el XX volvía a reconocerse la
independencia del Paraguay. Se trataba, como se ve, de un convenio leonino, con
todas la ventajas para el empresario.
A cambio de la ayuda extranjera para su empresa interna,
Urquiza renunciaba a derechos inherentes a nuestra soberanía y precipitaba la
desintegración de la patria. Brasil ganaba el territorio paraguayo librado a su
influjo, la ocupación sine die del Uruguay, el libre acceso por nuestra vías
fluviales a su provincia del Mato Grosso y un derecho real de hipoteca como
acreedor privilegiado sobre todos los recursos de dos provincias argentinas.
Mucho más, por cierto, y con un riesgo mínimo, de lo que
hubiese podido esperar de una guerra victoriosa.
Ese tratado debía permanecer, por supuesto, secreto (art.
XXI), para evitar la oleada de indignación que habría provocado su publicación
anticipada, poniendo en peligro el éxito de los confabulados.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario