jueves, 12 de abril de 2018

Batalla de Caseros - Parte 1



El 21 de noviembre de 1851 se firmó en Montevideo el tratado de alianza entre el imperio del Brasil, Entre Ríos (con Corrientes como agregada) y el Estado Oriental, para llevar la guerra contra la Confederación, bajo la máscara de una cruzada contra el “dictador argentino”.

Conviene recordar las cláusulas de este tratado, cuya mención suele omitirse por explicables escrúpulos.

Después de fundar su acuerdo en declaraciones y los preparativos bélicos del gobernador de Buenos Aires, los firmantes declaraban solemnemente no llevar la guerra a la Confederación sino a su gobierno y convenían luego la forma de la colaboración. La iniciativa de la guerra se atribuía a los estados de Entre Ríos y Corrientes, reservándose el Brasil y la Banda Oriental el papel de “meros auxiliares”. 

Además del aporte militar, ya mencionado, el Brasil se comprometía a financiar la campaña, mediante la entrega de cien mil patacones mensuales, al seis por ciento de interés, durante el término de cuatro meses, más todo el material de guerra que le fuese solicitado y que se consideraría como empréstito adicional. Urquiza debía hacer reconocer esa deuda, en efectivo y armamentos, por el gobierno futuro de la Confederación; mientras tanto, ella quedaba a cargo de Entre Ríos y Corrientes, las cuales daban “desde ya” en hipoteca, como garantía de su pago, todas sus rentas y territorios de propiedad fiscal. 

Por el artículo VIII se establecía que el Ejército Imperial permanecería (sin fijar término) ocupando la Banda Oriental, para responder a cualquier requisición de Urquiza; pero se agregaba expresamente que podría trasladarse al teatro de la guerra por su propia decisión, aunque dicha requisición no se produjese: es decir, que se le dejaba la puerta abierta. Por el artículo IV se ratificaba el compromiso de conceder la libre navegación de los ríos y por el XX volvía a reconocerse la independencia del Paraguay. Se trataba, como se ve, de un convenio leonino, con todas la ventajas para el empresario.

A cambio de la ayuda extranjera para su empresa interna, Urquiza renunciaba a derechos inherentes a nuestra soberanía y precipitaba la desintegración de la patria. Brasil ganaba el territorio paraguayo librado a su influjo, la ocupación sine die del Uruguay, el libre acceso por nuestra vías fluviales a su provincia del Mato Grosso y un derecho real de hipoteca como acreedor privilegiado sobre todos los recursos de dos provincias argentinas.

Mucho más, por cierto, y con un riesgo mínimo, de lo que hubiese podido esperar de una guerra victoriosa.

Ese tratado debía permanecer, por supuesto, secreto (art. XXI), para evitar la oleada de indignación que habría provocado su publicación anticipada, poniendo en peligro el éxito de los confabulados.


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