lunes, 23 de julio de 2012

Fusilamiento de Camila O´Gorman y Ladislao Gutiérrez en Santos Lugares – parte 2


 
Según Ricardo Levene el poder absoluto había nacido a iniciativa de Rosas en el pueblo, el “pueblo idólatra de la libertad”, como recordó él mismo. En principio el poder era absoluto, pero debía aplicarse en lo límites fijados por su propia naturaleza y fines, es decir, en el sentido histórico de la misión a cumplir. Severidad y rapidez fueron los rasgos salientes de su actividad como Juez extraordinario. Muchas de sus condenas las pronunció sin forma alguna de proceso verbal ni escrito y constan en el Índice del Archivo de Policía. En la vista fiscal ante el superior tribunal en su sala del Crimen, el fiscal Pablo Cárdenas acusaba a Rosas el 9 de octubre de 1861, de abuso del poder que ejercía como funcionario público:

"Sin que pudiera excepcionarse el reo tampoco, con las facultades extraordinarias, y la suma del Poder Público, que en los años 29 y 35, le fueron concedidas por la Legislatura, aparentemente ratificada por comicios populares en marzo del 35, tanto por que esa investidura no tuvo origen legítimo desde que era otorgada por corporaciones sin facultades para hacerlo, y por un pueblo oprimido, cuanto por que aun suponiendo legítima esa delegación, ella no podía pasar de la que legalmente era posible concederse, entre las que autoridades que la ejercían, y menos ese derecho de matar si forma alguna de juicio, y por supuestos delitos, que aun en caso de ser verdaderos, no llevaban por la ley la pena que se les imponía". La decisión donde ordenó fusilar a Camila O´Gorman y Ladislao Gutiérrez, la pronunció aparentemente sin proceso escrito. No consta que haya visto o escuchado a los condenados. Manuel Ibañez Frocham destacó la severidad de Rosas como supremo magistrado: "Así era el hombre. Y así fueron las sentencias que por delitos comunes, y aun por simples faltas de conducta, pronunció como juez del crimen en uso de la suma del poder público que renovadas legislaturas y reiteradas leyes le habían otorgado". En el Mensaje a la Vigésima-sexta Legislatura del 27 de diciembre de 1849, señalaba Rosas la protección de los derechos y la seguridad de las garantías: "La suma del poder público que me confiasteis, protege los derechos, asegura las garantías, y no ha cesado de emplearse en actos de clemencia. La ha aplicado también el gobierno, justamente, contra los crímenes ordinarios que, por su gravedad y escándalo, atacan los primeros intereses de la sociedad, y de la patria".
3. Vélez Sarsfield y su vinculación con el fusilamiento de Camila O´Gorman
Dalmacio Vélez Sarsfield fue inculpado por algunos de haber aconsejado a Rosas la condena a muerte de la pareja ese castigo al gobernador. Los amantes se habían fugado de Buenos Aires para hacer vida en común la noche del 11 al 12 de diciembre de 1847. Con los supuestos nombres de Máximo Brandier y Valentina San se establecieron en Goya (Corrientes), donde fundaron una escuela y juntar medios para emigrar a Brasil. Aprehendidos ocho meses después, fueron devueltos a la capital para ser juzgados. Por influencia de Manuelita Rosas, amiga de Camila, se les había preparado una morada decorosa y cómoda, a él en la cárcel del cabildo y a ella en la Casa de Ejercicios. El barco que los traía hace escala en San Pedro para arreglar unas averías.

Pedro Rivas -empleado del Departamento de Policía- declaró que: “Como en esta operación había que emplearse algunos días, el patrón del buque entregó los presos a las autoridades locales”.Inmediatamente la pareja fue llevada al cuartel de Santos Lugares y el jefe de aquel punto, Antonino Reyes informó a Rosas.

Llegaron los reos en carretas cerradas el 15 de agosto de 1848, entre las tres y cuatro de la tarde. Reyes destacó que Camila le expuso con franqueza los detalles de la fuga, y como le dio a entender Gutiérrez que“abrazaba la carrera eclesiástica por necesidad, no por vocación ni inclinación”.El cargo criminal contra el sacerdote Gutiérrez era de seducción de doncella, y, contra los dos, de unión sacrílega. Asimismo, con su conducta habían producido un escándalo mayúsculo en la sociedad porteña, lo que significó un baldón para la distinguida familia O´Gorman. Tan es así que el propio padre de Camila pidió a Rosas que aplicara un castigo ejemplar como reparación. A esos factores se sumó la presión ejercida por el periodismo unitario de Montevideo, que presentó el hecho como un síntoma de la corrupción existente en Buenos Aires.

Manuel Bilbao destacaba en la introducción de las Memorias de Reyes, que éste último tenía en su poder los dictámenes de varios letrados que aconsejaron la ejecución de la infortunada pareja: "Se decía por personas caracterizadas de la época de Rosas, que este había pedido a los doctores Vélez Sarsfield, Baldomero García, Lorenzo Torres y Eduardo Lahitte, una opinión fundada respecto a la pena en que habían incurrido Camila O´Gorman y Gutiérrez, y que los tres primeros habían condenado a muerte a los acusados, excepto el último que había negado al dictador la facultad de disponer de sus vidas. ¿Eran ciertos esos informes? Los tiene Antonio Reyes, se me dijo, y la razón que se daba para esa afirmación, era la siguiente: Preso D. Antonio Reyes en 1853 y sometido a juicio, la opinión predijo y los periódicos lo sostuvieron, que el resultado de la causa tenía que ser una sentencia de muerte.

Conocido por Rosas, que se encontraba en Southampton, el peligro que amenazaba a Reyes, le envió un paquete bien cerrado y sellado, conteniendo papeles de tal importancia que basta para significarle la carta con que el ex-dictador lo acompañaba: Para el caso de que Reyes sea condenado a muerte y no quede otro remedio de salvarse, decía, que abra ese paquete y en él encontrara lo necesario para salvar su vida. Era con referencia a este incidente que se me decía: ese paquete contenía los informes que aconsejaban la ejecución de Camila O´Gorman". Sin embargo en las Memorias de Reyes no están agregados estos supuestos informes comprometedores de Vélez Sarsfield, García, Torres y Lahitte. Cabe destacar que la esposa de Reyes antes de iniciarse la causa contra su marido, había pedido a Vélez Sarsfield y a Torres que fueran abogados defensores del acusado. Ninguno de los juristas aceptó la defensa de Reyes en la causa contra los mazorqueros por los crímenes de 1840 y 1842: "Entretanto, mi esposa mendigaba un defensor, sin encontrar quien quisiere serlo…Largo sería relatar la conversación del Dr. Vélez con mi esposa, que culpaba a D. Lorenzo de mi prisión y del carácter que iba tomando la causa, como a su vez D. Lorenzo culpaba al Dr. Vélez de todo y le atribuía una conducta tenebrosa".

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