jueves, 4 de agosto de 2016

Acuerdo de Arbitraje por el Canal de Beagle - 22 de julio 1971 - Parte 4


Artículo VII.

Las Partes darán a cualquiera de los miembros de la Corte Arbitral, a cualquiera de los miembros de su personal y a los representantes autorizados de cualquiera de las Partes que hayan sido requeridos por la Corte Arbitral para acompañar a miembros de esa Corte o de su personal, libre acceso a sus territorios, incluso, cualquier territorio en disputa, en el entendido de que el otorgamiento de ese acceso no perjudicará en forma alguna los derechos de cualquiera de las Partes al dominio del territorio al cual, en el cual, a través del cual o sobre el cual tal acceso sea otorgado.

Artículo VIII.

En el caso de que las Partes conjuntamente o la Corte Arbitral deseen un reconocimiento y levantamiento, aéreo o de otro tipo, para las finalidades del Arbitraje, este reconocimiento y levantamiento se hará bajo la dirección de la Corte Arbitral y a expensa de las Partes.

Artículo IX. La Corte Arbitral tendrá competencia para resolver sobre la interpretación y aplicación de este Acuerdo de Arbitraje (Compromiso).

Artículo X.

Cada una de las Partes pagará sus propios gastos y la mitad de los gastos de la Corte Arbitral y de los del Gobierno de su Majestad Británica, en relación con el Arbitraje.

Artículo XI.

1. En caso de muerte o incapacidad de cualquiera de los miembros de la Corte Arbitral, la vacante no será llenada a menos que las Partes acuerden lo contrario y el proceso continuará como si tal vacante no se hubiera producido.
2. En caso de muerte o incapacidad del Secretario, la vacante será llenada por la Corte Arbitral y el proceso continuará como si la vacante no se hubiera producido.

Artículo XII.

1. Concluido el proceso ante la Corte Arbitral, ésta transmitirá su decisión al Gobierno de Su Majestad Británica, incluyendo el trazado de la línea del límite en una carta.
2. La decisión resolverá definitivamente cada punto en disputa y establecerá las razones en las cuales se funda para resolverlo.
3. La decisión establecerá por quién, en qué forma y dentro de qué plazo ella será cumplida.


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