La historia es la única rama del conocimiento que nos puede decir qué fuimos en el pasado, qué somos en el presente y qué seremos en el futuro.
jueves, 30 de noviembre de 2023
lunes, 27 de noviembre de 2023
Batalla de Arroyo Grande
El mismo día en que el
gobernador federal de Catamarca, Cnel. Juan Eusebio Balboa había sido depuesto
por José Cubas, uno de los jefes de la coalición del Norte, Lavalle era
derrotado en Famaillá por Oribe, cinco días antes de que lo fuera Lamadrid en
Rodeo del Medio por Pacheco. Vencido Lavalle, las horas del gobierno
impuesto por Lamadrid en Catamarca estaban contadas.
Inmediatamente el coronel
Mariano Maza se dirige a Catamarca, y estando en camino a ella se entera de la
muerte de Lavalle ocurrida en casa de Zenarruza (1) en Jujuy; al informar de
ello a Rosas se advierte la euforia por el hecho, que además aseguraba el fin
de esa guerra. El enemigo más temido, Juan Lavalle, el héroe
legendario de la Independencia Sudamericana pero extraviado de nuestras guerras
civiles, había caído para siempre. Quedaba en Catamarca José Cubas y
sus partidarios, comprometidos con la coalición y por lo tanto acusados de
traición por su alianza con Francia, y Maza debía, por segunda vez, marchar
allí para sofocarla. “Habrá violín y violón”, anunció, y los hubo.
Ya en ocasión de la
primera campaña de Catamarca, con fecha abril 23 de 1841, había escrito a
Oribe: “Cuando recibí su muy apreciable y me enteré de la maldad y perfidia de
los salvajes, mandé fusilar al salvaje Luis Manterola y tres prisioneros más de
los del salvaje Córdoba y desde hoy en adelante no daré cuartel a ningún
salvaje, este es el premio que deben recibir”. (2)
Batalla de Catamarca
Maza, al frente del
Batallón “Libertad”, intimó la rendición a Cubas, que se había parapetado con
seiscientos hombres, y como éste le rechazara, tomó por asalto la ciudad en lo
que se conoce como la Batalla de Catamarca, el 29 de octubre de
1841. Cubas, capturado cinco días después, fue pasado por las armas
al igual que muchos de sus compañeros.
El coronel Mariano Maza
escribió frases apasionadas e irreparables respecto de su acción en la campaña,
que lógicamente andando el tiempo se volvieron contra él. Esos
escritos, sin embargo, no son como los de Juan Cruz Varela y Salvador María del
Carril, asesinos intelectuales de Dorrego, ya que éstos, al incitar a Lavalle,
tomaban la precaución uno, de dejar sin firma su carta y el otro, de pedirle
que la rompiera, lo cual demuestra que tenían conciencia de su instigación al
crimen hecha con frialdad, premeditación y alejados del lugar del peligro.
Maza estaba en medio de
la lucha arriesgando su vida, y si bien no lo justificamos, creemos en cambio
que debe ser medido con la misma vara que se empleó para otros del “partido de
la civilización”, y sobre todo, sostenemos que no puede ser sacado de su época
y de las circunstancias históricas que le tocó vivir. Coincidimos
con Magariños de Mello cuando dice al respecto: “En realidad fue hombre de mano
dura, que hizo sin vacilaciones la guerra a sangre y fuego que impusieron los
unitarios”. (3)
Maza, que no era
historiador como Mitre, ha sido juzgado tal vez más por lo que escribió que por
lo que realmente hizo. Mitre en ese sentido fue muy cuidadoso y no
cometió esa imprudencia, pese a que su acción y responsabilidad en la masacre
de Villamayor o a través de Arredondo, Sandes, Iseas, Venancio Flores, Ribas y
Paunero fue tan dura como la que realizó Maza en Catamarca, y además
reiterada. No nos extenderemos en otros ejemplos para no salirnos
del tema, pero fueron sin duda muchos y reiterados los casos en el siglo XIX.
La Coalición del
Norte había sido vencida, y de Catamarca Maza marchó a incorporarse al Ejército
federal que se encontraba en Tucumán, desde donde en marzo de 1842 continuó
viaje a Buenos Aires, pasando por Santa Fe que había sido ya recuperada para la
causa federal.
En Buenos Aires fue
designado por Rosas en el mando interino de la escuadra por ausencia del
almirante Guillermo Brown, con el título de “Comandante en Jefe de las Fuerzas
Marítimas en Operaciones sobre las de los salvajes unitarios de Montevideo”.
En esa condición condujo
una operación naval sobre Montevideo, pero sin poder batir a los buques de
Rivera, que eludieron el combate a favor de la poca profundidad del río donde
se estacionaron y se cubrieron detrás de buques con banderas de países
neutrales.
Al término de estas
operaciones entrega nuevamente el mando al almirante Brown, vencedor en “Costa
Brava” de la escuadra comandada por Giuseppe Garibaldi, hecho de armas
silenciado por ciertos historiógrafos liberales del almirante, a quien dan por
muerto, históricamente, en la guerra con el Brasil, no obstante la importancia
de sus servicios durante el gobierno de Rosas.
En octubre de 1842 Maza
vuelve a embarcar con destino a Entre Ríos, a fin de reforzar el Ejército
Federal, y participará en la batalla de Arroyo Grande, el 6 de diciembre de ese
año, al frente del Batallón Libertad.
Acciones preliminares de
la batalla de Arroyo Grande
La prudencia y las
nociones más elementales de estrategia le aconsejaban a Fructuoso Rivera
conservar su línea del Uruguay, que era el punto de mira de su enemigo para
invadir el territorio oriental; en vez de avanzar sobre Entre Ríos para
comprometer en una batalla decisiva todas sus fuerzas cuya mayor parte se le
incorporaban recién, formando con las que trajo consigo una masa
indisciplinada, sin cohesión ni unidad, que es lo que constituye el verdadero
poder de un ejército. (5) De su parte Oribe se movió de su campo de
las Conchillas y el 5 de diciembre se situó a poco más de dos leguas de las
puntas del Arroyo Grande. Al sur de este punto se encontraba Rivera
cuando fuerzas de su vanguardia, al mando del coronel Baez, le dieron parte de
la proximidad del enemigo.
Aunque esto debió
sorprenderle demasiado, Rivera se preparó a la batalla, corriéndose a su
derecha y apoyando la cabeza de esta ala sobre el mismo Arroyo
Grande. Constaba su línea de 8.000 soldados, 2.000 de infantería,
5.500 de caballería y 16 cañones, así colocados: derecha, las divisiones
orientales y algunos correntinos al mando de los generales Aguiar y
Avalos; centro, la artillería, y brigadas de infantería a ambos flancos,
al mando de los coroneles Chilavert, Lavandera y Blanco; izquierda, la
caballería correntina, santafecina y entrerriana al mando de los generales
Ramírez, López y Galván. El ejército de Oribe, fuerte de 8.500
hombres, se corrió sobre su izquierda, ocultando este movimiento con las
maniobras de la caballería de vanguardia, y quedó formado así: derecha,
divisiones de caballería al mando de los coroneles Granada, Bustos, García,
González (Bernardo), Bárcena y Galarza, y una columna flanqueadora mandada por
el general Ignacio Oribe, todo a las órdenes del general Urquiza; centro,
brigada de artillería al mando de los mayores Carbone y Castro; los batallones
con su dotación de artillería mandados por los coroneles Costa, Maza, Rincón
Domínguez y Ramos, y todo a las órdenes del general Pacheco; izquierda,
división de caballería al mando de los coroneles Laprida y Losa, comandantes
Lamela, Arias, Castro, Albornoz y Frías, bajo las órdenes del coronel José
María Flores. Una columna flanqueadora a cargo del general Servando
Gómez. Además tres reservas mandadas por los coroneles Urdinarrain,
Olivera y Arredondo.
Inicio de la batalla
La batalla de Arroyo
Grande se inició de ambas partes en las primeras horas de la mañana del 6 de
diciembre. El ejército aliado de Rivera, de Ferré y de López luchó
desesperadamente; pero los regimientos y batallones federales, guiados por
jefes que habían acreditado su pericia y su valor en la campaña de los Andes,
del Brasil y del Desierto, consiguieron con sacrificio ventajas importantes de
las que Oribe supo aprovechar. La carga de las caballerías de Rivera
fue bien sostenida al principio; que algunos escuadrones de la izquierda
federal se desorganizaron, envolviendo consigo otras fuerzas. Pero
Oribe lanzó sus reservas sobre los extremos izquierdo y derecho de Rivera; y
toda esa enorme masa de caballería que se confundió en sangriento torbellino,
quedó reducida después de media hora a la que formaba las filas clareadas de
los vencedores. Las dos alas del ejército de Rivera quedaron fuera
de combate, dispersas o aniquiladas. Después de hacer jugar
convenientemente su artillería, Oribe mandó al centro cargar a la
bayoneta. Fue la artillería de Chilavert y las infanterías de
Lavandera y Blanco las que sostuvieron este último ataque, hasta caer en poder
del ejército federal, juntamente con el parque, bagajes y caballadas de los
aliados. En cuanto a Rivera huyó del campo de batalla arrojando su
chaqueta bordada, su espada y sus pistolas, todo lo cual se ha conservado hasta
hace poco en el museo de Buenos Aires (6)
Cuatro mil hombres que
lanzó Oribe en todas direcciones acuchillaron los restos de las caballerías
aliadas. Todo se perdió en ese día memorable, dice uno de los
principales jefes orientales de la subsiguiente defensa de Montevideo, sin que
se pudiera decir lo que Francisco I escribía a su madre después de la batalla
de Pavía: “Todo se ha perdido menos el honor”. Allí el monarca
cayendo prisionero había acreditado que si la fortuna no favoreció sus armas,
el valor había hecho su oficio. Aquí el general, temiendo más el
riesgo de su vida que la tremenda responsabilidad de la de los soldados puestos
a su cargo, se separó de su ejército cuando estaba todavía indecisa la
victoria, dejando en el campo de batalla masas enteras que con menos cobardía,
alguna serenidad y algunas ideas estratégicas, hubieran podido salvar o
impedir, cuando menos, que fuesen impunemente acuchilladas (7)
Todo lo perdió Rivera en
ese día, desbaratando por sus propias manos los cuantiosos recursos que
arrebató de las manos expertas del general Paz cuando, torpemente celoso de la
superioridad de éste, lo vio protestar en nombre del patriotismo argentino,
contra su dorado sueño de anexar al Estado del Uruguay las provincias de Entre
Ríos, Corrientes y el Paraguay. En los campos del Arroyo Grande,
regado con abundante sangre de vencedores y vencidos, quedó sepultada esa
dañina aspiración de Rivera; por más que la persiguieran todavía hasta el año
1846 algunos argentinos extraviados en consorcio con la diplomacia británica y
brasilera.
Consecuencias
La batalla de Arroyo
Grande constituye un hecho de trascendental importancia en la vida de nuestra
Patria, y sólo es explicable su desconocimiento u olvido por el sectarismo que
ha caracterizado a la historiografía oficial de la Argentina.
En Arroyo Grande se jugó
la integridad del territorio nacional, y una derrota hubiera significado la
pérdida de Entre Ríos y Corrientes, pues el designio de Fructuoso Rivera y de
algunos argentinos era que el río Paraná fuera el límite internacional,
anexando la Mesopotamia Argentina al Estado Oriental. Los
directoriales de Buenos Aires, origen del partido unitario, habían hecho este
ofrecimiento a Artigas hacía más de veinte años, y el caudillo federal lo había
rechazado, consecuente con su ideal de la patria grande. Así los
unitarios, por su parte, también eran consecuentes con sus propios
antecedentes.
Referencias
(1) Por error se dice
Zenavilla, repitiendo al Gral Oribe que, tal vez influido por la existencia de
ese apellido en el Uruguay así lo consignó equivocadamente en lugar de
Zenarruza, familia tradicional de Jujuy.
(2) Citado por Magariños
de Mello en “El gobierno del Cerrito”, Tomo II, página 1030-31.
(3) Misma obra, Tomo II,
página 1030.
(4) Citado por Vicente D.
Sierra en “Historia de la Argentina”, Tomo IX, página 123.
(5) ”Rivera no conocía
esas tropas porque jamás las había visto, ni a los jefes que las mandaban,
-dice el general riverista César Díaz, refiriéndose a las fuerzas
correntinas y santafecinas que se incorporaron días antes de la batalla de
Arroyo Grande- ignoraba su importancia respectiva y no podía por consiguiente
darles una aplicación oportuna en las horas solemnes del combate. Necesitaba
haberse tomado algún tiempo, algunos días al menos, para inspeccionarlas,
conocer su espíritu, habituarlas a su mando y uniformarlas al régimen de los
demás cuerpos; establecer en suma la confianza mutua que debe existir entre el general
y el ejército, sin la cual es muy difícil vencer; y en una palabra, hacer todo
cuanto la estrategia prescribe y la responsabilidad del mando aconseja, antes
de decidirse a la operación más terrible y trascendental de cuantas se
conocen”. (Véase Memorias del general César Díaz, página 48).
(6)Parte de Oribe a Rosas
fechado en la costa del Uruguay y cartas correlativas de los generales Echagüe,
Pacheco y Urquiza, publicadas en La Gaceta Mercantil del 15 de diciembre de
1842 y 23 de marzo de 1843. (Véase Memorias del general César Díaz).
(7)El general César Díaz,
Memorias, página 50.
Fuente
Baldrich, Fernando Amadeo
de – El coronel Mariano Maza.
Efemérides – Patricios de
Vuelta de Obligado
Portal
www.revisionistas.com.ar
Saldías, Adolfo –
Historia de la Confederación Argentina – Ed. El Ateneo – Buenos Aires (1951).
Todo es Historia – Nº 79
– Buenos Aires, Diciembre de 1973.
Se permite la
reproducción citando la fuente: www.revisionistas.com.ar
martes, 21 de noviembre de 2023
Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos
En Asambleas
Constituyentes Argentinas, T. IV, p. 308
Teniendo por objeto
acercar el día de la reunión de un Congreso General que con arreglo a los
tratados existentes y al voto unánime de todos los pueblos de la República, ha
de sancionar la Constitución política que regularice las relaciones que deben
existir entre todos los pueblos argentinos como pertenecientes a una misma
familia, que establezca y defina los altos poderes nacionales y afiance el
orden y prosperidad interior y la respetabilidad exterior de la Nación.
Siendo necesario allanar
previamente las dificultades que pueden ofrecerse en la práctica para la
reunión del Congreso, proveer a los medios mas eficaces de mantener la
tranquilidad interior, la seguridad de la República y la representación de su
soberanía durante el periodo constituyente. Teniendo presente las necesidades y
los votos de los pueblos que nos han confiado su dirección, e invocando la
protección de Dios, fuente de toda razón y de toda justicia. Hemos acordado y
adoptado las resoluciones siguientes:
1. – Siendo una ley
fundamental de la República el tratado celebrado el 4 de enero de 1831 entre
las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos, por haberse adherido a
él todas las demás provincias de la Confederación será religiosamente observado
en todas sus cláusulas, y para mayor firmeza y garantía queda facultado el
Excmo. Señor Encargado de las Relaciones Exteriores para ponerlo en ejecución
en todo el territorio de la República.
2. – Se declara que
estando, en la actualidad, todas las provincias de la República en plena
libertad y tranquilidad, ha llegado el caso previsto en el articulo 16 del
precitado tratado, de arreglar por medio de un Congreso General Federativo la
Administración General del país bajo el sistema federal, su comercio interior y
exterior, su navegación, el cobro y distribución de las rentas generales, el
pago de la deuda de la República, consultando del mejor modo posible la
seguridad y engrandecimiento de la República su crédito interior y exterior y
la soberanía, libertad e independencia de cada una de las provincias.
3. – Estando previsto en
el articulo 9 del tratado referido los arbitrios que deben mejorar la condición
del comercio interior y recíproco de las diversas provincias argentinas y
habiéndose notado por una larga experiencia los funestos efectos que produce el
sistema restrictivo seguido en algunas de ellas, queda establecido que los
artículos de producción o fabricación nacional o extranjera así como los
ganados de toda especie que pasen por el territorio de una provincia a otra
serán libres de los derechos llamados de tránsito, siéndolo también los
carruajes, buques o bestias en que se transportan y que ningún derecho podrá
imponérseles en adelante, cualquiera que sea su denominación, por el hecho de
transitar el territorio.
4. – Queda establecido
que el Congreso General Constituyente se instalará en todo el mes de agosto
próximo venidero; y para que esto pueda realizarse, se mandará hacer desde
luego, en las respectivas provincias, la elección de los diputados que deban
formarlo, siguiéndose en cada una de ellas las reglas establecidas por la ley
de elecciones para los diputados de las legislaturas provinciales.
5. – Siendo todas las
provincias iguales en derechos como miembros de la Nación, queda establecido
que el Congreso Constituyente se formará con dos diputados por cada provincia.
6. – El Congreso
sancionará la Constitución Nacional a mayoría de sufragios; y como para lograr
este objeto seria un obstáculo insuperable que los diputados trajeran
instrucciones especiales que restringieran sus poderes, queda convenido que la
elección se hará sin condición ni restricción alguna, fiando a la conciencia,
al saber y al patriotismo de los diputados, el sancionar con su voto lo que
creyeran más justo y conveniente, sujetándose a lo que la mayoría resuelva, sin
protestas ni reclamaciones.
7. – Es necesario que los
diputados estén penetrados de sentimientos puramente nacionales, para que las
preocupaciones de localidad no embaracen la gran obra que se emprende; que
estén persuadidos que el bien de los pueblos no se ha de conseguir por
exigencias encontradas y parciales, sino por la consolidación de un régimen
nacional, regular y justo; que estime la calidad de ciudadanos argentinos antes
que la de provincianos y para que esto se consiga los infrascritos usarán de
todos los medios para infundir y recomendar estos principios y emplearán toda
su influencia legitima a fin de que los ciudadanos elijan a los hombres de más
probidad y de un patriotismo mas puro e inteligente.
8. – Una vez elegidos los
diputados e incorporados al Congreso no podrán ser juzgados por sus opiniones
ni acusados por ningún motivo, ni autoridad alguna hasta que no esté sancionada
la Constitución. Sus personas serán inviolables durante este período. Pero
cualquiera de las provincias podrá retirar sus diputados cuando lo creyere
oportuno, debiendo, en este caso, sustituirlos inmediatamente.
9. – Queda a cargo del
Encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación, el proveer a los
gastos de viáticos y dietas de los diputados.
10. – El Encargado de las
Relaciones Exteriores de la Confederación instalará y abrirá las sesiones del
Congreso por si, o por su delegado en caso de imposibilidad; proveerá a la
seguridad y libertad de sus discusiones; librará los fondos que sean necesarios
para la organización de su despacho, y tomará todas aquellas medidas que
creyese oportunas para asegurar el respeto de la corporación y de sus miembros.
11. – La convocación del
Congreso se hará para la ciudad de Santa Fe, hasta que, reunido e instalado, él
mismo determine el lugar de su residencia.
12. – Sancionada la
constitución y las leyes orgánicas que fueren necesarias para ponerla en
práctica- será comunicada por el Presidente del Congreso al Encargado de las
Relaciones Exteriores de la Confederación y éste la promulgará inmediatamente
como Ley de la Nación, haciéndola cumplir y observar. En seguida será nombrado
el Presidente Constitucional de la República y el Congreso Constituyente
cerrará sus sesiones dejando a cargo del Ejecutivo poner en ejercicio las leyes
orgánicas que hubiese sancionado.
13. Siendo necesario dar
al orden interior de la República, a su paz y respetabilidad exterior todas las
garantías posibles, mientras se discute y sanciona la Constitución nacional,
los infrascritos emplearán por sí cuantos medios estén en la esfera de sus
atribuciones para mantener en sus respectivas provincias la paz pública y la
concordia entre los ciudadanos de todos los partidos, previniendo o sofocando
todo elemento de desorden o de discordia y propendiendo al olvido de los
errores pasados y estrechamiento de la amistad de los pueblos argentinos.
14. Si, lo que Dios no
permita, la paz interior de la República fuese perturbada por hostilidades
abiertas entre una u otra provincia, o por sublevaciones armadas dentro de la
misma provincia, queda autorizado el encargado de las Relaciones Exteriores
para emplear todas las medidas que su prudencia y acendrado patriotismo le
sugieran para restablecer la paz sosteniendo las autoridades legalmente
constituidas; para lo cual los demás gobernadores prestarán su cooperación y
ayuda en conformidad con el tratado del 4 de enero de 1831.
15. Siendo de la
atribución del Encargado de las Relaciones Exteriores representar la Soberanía
y conservar la indivisibilidad nacional, mantener la paz interior, asegurar las
fronteras durante el periodo constituyente, defender la República de cualquier
pretensión extranjera y velar sobre el exacto cumplimiento del presente
acuerdo, es una consecuencia de estas obligaciones el que sea investido de las
facultades y medios adecuados para cumplirlas. En su virtud queda acordado que
el Excmo. Señor General Don Justo José de Urquiza, en el carácter de general en
jefe de los ejércitos de la Confederación, tenga el mando efectivo de todas las
fuerzas militares que actualmente tiene en pié cada provincia, las cuales serán
consideradas desde ahora como partes integrantes del ejército nacional. El general
en jefe destinará estas fuerzas del modo que crea conveniente al servicio
nacional, y si, para llenar sus objetos, creyere necesario aumentarlas podrá
hacerlo pidiendo contingentes a cualquiera de las provincias: así como podrá
también disminuir-las si las juzgase excesivas en su número u organización.
16. Será de las
atribuciones del Encargado de las Relaciones Exteriores: reglamentar la
navegación de los ríos interiores de la República, de modo que se consulten los
intereses y seguridad del territorio y de las rentas fiscales; y lo será
igualmente la administración de correos, la creación y mejora de los caminos
públicos y de postas de bueyes para el transporte de mercaderías.
17. Conviniendo para la
mayor respetabilidad y acierto de los actos del Encargado de las Relaciones
Exteriores, en la dirección de los negocios nacionales, durante el período
constituyente, el que haya establecido cerca de su persona un Consejo de Estado
con el cual pueda consultar los casos que le parezcan graves, queda facultado
el Excmo. Señor para constituirlo, nombrando a los ciudadanos argentinos que
por su saber y prudencia pueden desempeñar dignamente su elevado cargo, sin
limitación de número.
18. Atendidas las
importantes atribuciones que por este convenio recibe el Excmo. Señor Encargado
de las Relaciones Exteriores, se resuelve que su titulo sea de Director
Provisorio de la República Argentina.
19. Para sufragar los
gastos que demande la administración de los negocios nacionales declarados en
este Acuerdo, las provincias concurrirán proporcionalmente con el producto de
sus aduanas exteriores hasta la instalación de las autoridades
constitucionales, a quienes exclusivamente competerá el establecimiento
permanente de los impuestos nacionales.
Artículo adicional. Los
gobiernos y provincias que no hayan concurrido al Acuerdo celebrado en esta
fecha, o que no hayan sido representadas en él; serán invitados a adherir por
el director provisorio de la Confederación Argentina, haciéndoles a este
respecto las exigencias a que dan derecho el interés y los pactos nacionales.
Dado en San Nicolás de
los Arroyos a los treinta y un días del mes de mayo del año mil ochocientos
cincuenta y dos.
Justo J. de
Urquiza, por las provincias de Entre Ríos y Catamarca – Vicente López
– Benjamín Virasoro – Pablo Lucera – Nazario Benavides – Celedonio Gutiérrez –
Pedro P. Segura – Manuel Taboada – Manuel Vicente Bustos – Domingo Crespo.
31 de Mayo de 1852
Fuente: www.elhistoriador.com.ar