El
vasto plan que Belgrano proponía en la Memoria de 1796, abarcaba la creación de
escuelas de agricultura, dibujo, arquitectura, primarias para niñas, de hilazas
de lana, comercio y náutica. Sólo pudo ver realizada una mínima parte de su
programa; la creación de escuelas de dibujo y náutica. La escuela de geometría,
arquitectura, perspectiva y todas las demás especies de dibujo contaría con el
profesor Juan Antonio Gaspar Hernández y fue inaugurada el 29 de mayo de 1799.
La Academia no iba a tener larga vida. Por orden real de 4 de abril de 1800, se
manifestaba al Consulado que no se dispondría de dinero para mantenerla.
A
pesar de ello, el Consulado pretendió seguir sosteniendo la Academia, pero sin
éxito, y por otra Real Orden del 26 de julio de 1804 fue finalmente clausurada.
La Academia de Náutica comenzó a funcionar el 25 de noviembre de 1799, bajo la
dirección de Pedro Antonio Cerviño. Los cursos de la Academia, de una duración
de cuatro años, abarcaban el estudio de la aritmética, geometría, trigonometría
plana y esférica, álgebra, dibujo, hidrografía, principios de mecánica,
geografía y navegación. Si bien Belgrano seguía con interés la marcha del
instituto, ésta cerró sus puertas al producirse la primera invasión inglesa en
1806. Es constante el interés de Belgrano por fomentar la educación, pero
lamentablemente la crisis política de la época hizo que muchos de sus proyectos
no pudieran realizarse. En 1813, la Asamblea Constituyente, a raíz de la
victoria de Salta, dona a Belgrano la cantidad de 40.000 pesos. Este los
destina a la fundación de cuatro escuelas; en Tarija, Jujuy, Tucumán y Santiago
del Estero, y elabora un Reglamento, que debía regir en las mismas.
Belgrano
presentó a consideración del gobierno el Reglamento. El reglamento disponía en
su artículo primero que se destinaba a cada una un capital de 10.000 pesos,
cuya renta de quinientos pesos costearía el sueldo del maestro de cuatrocientos
pesos, y los útiles y libros de los niños de padres pobres, si resultaba un
sobrante, se destinaba a premios de estímulo. Las escuelas quedaban bajo la
protección y vigilancia de los ayuntamientos; la provisión de cargo de maestro
se hacía por oposición, debiéndosele dar cuenta a Belgrano de su resultado,
para hacer el nombramiento, función que pasaría a su muerte al Cabildo.
Es
importante ver la consideración que recibía el maestro. En el artículo 8 se
disponía que en las principales ceremonias se le debía dar “asiento al maestro
en cuerpo de Cabildo, reputándosele como Padre de la Patria”. En el artículo 18
se establecía; “El maestro procurará con su conducta, y en todas sus
expresiones y modos, inspirar a sus alumnos amor al orden, respeto a la
Religión, consideración y dulzura en el trato, sentimiento de honor, amor a la
virtud y a las ciencias, horror al vicio, inclinación al trabajo, despego del
interés, desprecio de todo lo que diga a profusión y lujo en el comer, vestir y
demás necesidades de la vida, y un espíritu nacional que les haga preferir el
bien público al privado, y estimar en más la calidad de Americano que la de
Extranjero”. En otros artículos Belgrano reglamentaba lo pertinente al régimen
interno de las escuelas, la distribución del tiempo, y las recompensas a
conceder a los mejores alumnos. En relación a los castigos, se autorizaba a
aplicar azotes en casos graves, no pudiendo pasar de doce y “haciéndolo esto
siempre separado de la vista de los demás jóvenes”.
En
el artículo 19, recomienda que los niños se presentaran correctamente, y que
“no se permitiera que nadie use lujo, aunque sus padres puedan y quieran
costearlo”. Este reglamento refleja el interés de Belgrano por la educación,
aún en tiempos de guerra. El mismo fue conocido en Buenos Aires en julio de
1813 e influyó en la formación de los reglamentos de la provincia, pero
especialmente tuvo una influencia decisiva en el reglamento de las escuelas de
Córdoba del 10 septiembre de 1813. Podemos decir que Manuel Belgrano se
interesó por la educación en los distintos niveles, ya sea primario como
terciario, y fue un precursor en fomentar la educación femenina, para que ésta
gracias a la educación pudiera tener una mayor participación social.
(Por
Manuel Pablo Núñez de Ibarra, 1819).
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