1º) El Brigadier General Cornelio Saavedra tendría el mando político y militar en toda su plenitud, por entenderse inconveniente “el depósito del Poder Ejecutivo en muchas personas.”
2º) Los españoles europeos de cualquier clase y condición serían expulsados, siempre “que no acreditasen de manera fehaciente su lealtad al gobierno.”
3º) En lo sucesivo no se nombrarían Presidentes de Juntas Provinciales a quienes no fuesen vecinos de la respectiva Provincia.
4º) Se abriría causa judicial contra Manuel Belgrano por su eventual responsabilidad en las derrotas durante la expedición militar al Paraguay.
5º) Se formaría un “Tribunal de Seguridad Pública” encargado de “velar contra los adversarios del sistema político.”
6º) Los Alcaldes de Barrio deberían contar con los elementos necesarios para “el arreglo de sus cuarteles, especialmente el de quintas”.
7º) En lo sucesivo no se nombrarían vocales de la Junta Gubernativa, ni se haría variación en la forma de gobierno “sin que ocurra con voto expreso del Pueblo.”
8º) El Regimiento de la Estrella sería disuelto y confinados sus jefes.
9º) Se dejarían sin efecto los despachos de Brigadieres Generales otorgados desde el 25 de mayo de 1810, con las excepciones de Cornelio Saavedra, Antonio González Balcarce y Francisco Rivero, héroe del pronunciamiento popular de Cochabamba, en el Alto Perú, por la “causa americana”.
Al ser presentado el documento en la reunión del Cabildo, ya todos los jefes y oficiales de los Regimientos acantonados en Buenos Aires (con excepción del Regimiento de la Estrella) estaban en conocimiento del movimiento popular y de su Petitorio, y habían decidido apoyarlo, presentándose con sus tropas en la Plaza. Por este motivo se invitó a pasar a la Sala de Acuerdos a los Coroneles: Martín Rodríguez de los “Húsares de la Patria”, Juan Ramón y Marcos Balcarce de la “Caballería de la Patria” (antiguos Blandengues de Buenos Aires), Juan Florencio Terrada del “Regimiento de Granaderos de Fernando VII”, Juan Bautista Bustos del “Batallón de Arribeños” (formado por provincianos residentes en Buenos Aires), entre otros varios más, a los efectos de formalizar su aprobación al documento.
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